rtamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) puede revocar o suspender su licencia de conducir si tiene epilepsia, convulsiones u otros trastornos de la conciencia que afecten negativamente su capacidad de conducir de forma segura.
Aquí hay cuatro puntos principales que debe saber si tiene epilepsia y conduce en California:
- El DMV generalmente se entera de que es epiléptico por un informe de su médico, policías, jueces, familiares o ciudadanos preocupados.
- Una vez que el DMV se entera de que tiene epilepsia, puede permitirle mantener su licencia pendiente del resultado de una entrevista de reexamen del DMV.
- Si el DMV cree que usted presenta un peligro inmediato, el DMV omitirá la entrevista de reexamen y suspenderá inmediatamente su licencia, aunque luego puede impugnar la suspensión en una Audiencia Física y Mental.
- En última instancia, el oficial de audiencia del DMV decidirá si le permite mantener su licencia, lo pone en libertad condicional médica o suspende o revoca su licencia completamente.
Nuestros abogados de defensa penal de California destacarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Puede el DMV revocar mi licencia de conducir por epilepsia?
- 2. ¿Los médicos informan las convulsiones al DMV?
- 3. ¿Puedo mantener mi licencia si tengo epilepsia?
- 4. ¿Qué sucede si el DMV decide que no puedo conducir de forma segura?
1. ¿Puede el DMV revocar mi licencia de conducir por epilepsia?
Sí. El Departamento de Vehículos Motorizados de California puede revocar o suspender su licencia de conducir si sufre de
- epilepsia,
- convulsiones, o
- un lapsus de conciencia.
Sin embargo, el DMV solo puede hacerlo si su capacidad para operar un vehículo motorizado se ve afectada de manera negativa.1 Como se establece en el Código de Vehículos de California 12806 VC:
(c) ¿Quién tiene un trastorno caracterizado por lapsos de conciencia o quién ha experimentado, en los últimos tres años, ya sea un lapsus de conciencia o un episodio de confusión marcada causada por cualquier condición que pueda provocar lapsos recurrentes, o quién tiene alguna discapacidad física o mental, enfermedad o trastorno que podría afectar la seguridad en la conducción de un vehículo a motor a menos que el departamento tenga información médica que indique que la persona puede conducir un vehículo a motor de forma segura. Al tomar su determinación, el departamento puede basarse en cualquier información relevante disponible para el departamento.
La razón del DMV es proteger la seguridad de los conductores. Si sufres una convulsión o un lapsus de conciencia mientras conduces, supones un riesgo de seguridad para ti mismo y para los demás en la carretera.2
1.1. ¿Qué es la epilepsia?
Epilepsia es un trastorno del sistema nervioso central en el que la actividad cerebral se vuelve anormal, causando:
- convulsiones o periodos de comportamiento inusual y
- a veces pérdida de conciencia.
La mayoría de las personas con epilepsia experimentarán una o ambas de las siguientes:
- convulsiones generalizadas primarias, y/o
- convulsiones parciales.
Mientras que el primer tipo de convulsión implica ambos lados del cerebro, una convulsión parcial solo involucra un área limitada del cerebro.3
1.2. ¿Qué es un lapsus de conciencia?
Las convulsiones epilépticas causan lapsos de conciencia. Como se indica en 17 CCR 2806,
(a) “Trastornos caracterizados por lapsos de conciencia” significa aquellas condiciones médicas que implican:
2. ¿Los médicos informan las convulsiones al DMV?
Sí. La forma más probable de que el DMV se enterara de su epilepsia es a través de un informe de su médico, particularmente de su neurólogo. En California, al igual que en la mayoría de los estados, los médicos, cirujanos y proveedores de atención médica y mental tienen la obligación de informar al DMV cualquier condición médica que pueda:
- conducir a una pérdida de conciencia o
- interferir con su capacidad de conducir un vehículo motorizado de forma segura (incluso si nunca tuvo una convulsión mientras conducía).
Como se indica en el Código de Salud y Seguridad 103900 HS:
(a) Todo médico y cirujano debe informar de inmediato por escrito al funcionario de salud local, el nombre, fecha de nacimiento y dirección de cada paciente de al menos 14 años de edad o más a quien el médico y cirujano haya diagnosticado con un caso de un trastorno caracterizado por lapsos de conciencia.
2.1. Informes de no médicos
Otras personas que pueden informar a un conductor epiléptico al DMV incluyen:
- agentes de la ley (especialmente después de una parada de tráfico donde estás teniendo una convulsión),
- jueces, y
- familiares, amigos o ciudadanos particulares preocupados a través de denuncias anónimas.
Cualquier ciudadano preocupado puede completar un formulario de “Solicitud de DMV para una reexaminación del conductor y enviarlo al DMV.
Si tienes epilepsia, también puedes informar a ti mismo al DMV. Por ejemplo, puedes revelar una condición de epilepsia como respuesta a preguntas en una solicitud de licencia de conducir.
3. ¿Puedo mantener mi licencia si tengo epilepsia?
Depende de cómo proceda el DMV una vez que sepa que tienes epilepsia.
3.1. Entrevistas de reexaminación
En la mayoría de los casos, el DMV le enviará un “Aviso de Reexaminación” una vez que descubra que es epiléptico.
Su licencia de conducir sigue siendo activa pendiente del resultado de esta entrevista de reexaminación. Aunque si no responde, el DMV suspenderá su licencia hasta que cumpla.
La Notificación de Reexaminación contiene un informe de Evaluación Médica del Conductor (DME) de cinco páginas que su médico debe completar y firmar. El DMV confía en gran medida en los DME para evaluar su aptitud para conducir.
3.1.1. Qué sucede en la entrevista
En la entrevista de reexaminación, su funcionario de audiencia revisará todas las pruebas y le hará preguntas. Algunas pruebas que puede presentar para mostrar su capacidad para conducir de forma segura incluyen:
- un registro de conducción limpio y seguro que se remonta varios años,
- su propio testimonio sobre su condición epiléptica,
- registros médicos que muestren informes de médicos, exámenes médicos y los pasos que está tomando para controlar su condición, y
- el testimonio de familiares, amigos y médicos que lo tratan para mostrar que es capaz de conducir de forma segura.
3.1.2. Qué puede hacer el funcionario de audiencia
Al final de la entrevista, el funcionario decidirá si:
- le permite conservar su licencia;
- lo pone en libertad condicional médica (donde puede seguir conduciendo pero con condiciones); o
- suspende o revoca su licencia.
Si se suspende o revoca su licencia de conducir, puede solicitar una audiencia de pruebas – llamada Audiencia Física y Mental (P&M) – para impugnar la decisión del funcionario. Las audiencias P&M son más intrincadas y como un mini juicio.
3.1.3. Cuándo no son necesarias las entrevistas de reexaminación
Tenga en cuenta que el DMV no siempre requerirá una entrevista de reexaminación después de lapsos de conciencia. En algunos casos, solo requerirá un:
- “Evaluación médica del conductor del DMV” (DME) y
- historial médico de su médico.
Una vez que el DMV reciba su DME y el historial médico, decidirá el estado de su licencia.
3.2. Orden de suspensión/revocación
Si el DMV recibe de su médico u otra fuente creíble que usted representa un peligro inmediato para la seguridad pública, el DMV prescindirá de la entrevista de reexaminación y emitirá en su lugar una Orden de Suspensión/Revocación.
Esto suele suceder cuando su médico envía al DMV un informe de morbilidad confidencial, en el que recomiendan que no conduzca porque tuvo una convulsión y corre el riesgo de poner en peligro al público que conduce.
Según lo establece el Código de Vehículos de California 13953 VC:
[I]n el caso de que el departamento determine, tras una investigación o reexamen, que la seguridad de la persona sometida a la investigación o reexamen o de otras personas en las carreteras así lo requiere, el departamento suspenderá o revocará de inmediato la autorización de la persona para conducir un vehículo motorizado o impondrá condiciones razonables de libertad condicional relacionadas con la conducción segura de un vehículo motorizado. Ninguna orden de suspensión o revocación o la imposición de condiciones de libertad condicional entrará en vigor hasta 30 días después de la notificación por escrito a la persona afectada, salvo que el departamento tenga la autoridad para hacer efectiva cualquier orden de inmediato al dar aviso cuando, a su juicio, debido al estado mental o físico de la persona, sea necesaria una acción inmediata para la seguridad del conductor u otras personas en las carreteras.
3.2.1. Audiencias P&M
Después de que el DMV emita una Orden de Suspensión/Revocación, usted es elegible para una Audiencia Física y Mental (P&M Hearing). Usted (o su abogado) puede presentar tal evidencia como:
- registros médicos
- testimonio de expertos
- testimonio de amigos, familiares y vecinos que puedan atestiguar su conducción segura
- prueba de que completó un curso de escuela de tráfico para reacomodarse con estrategias para conducir de forma segura
Una vez que finalice la Audiencia P&M, el oficial de audiencia del DMV puede decidir entre:
- revocar su licencia si parece que no hay una forma segura de que usted conduzca nunca más;
- mantener su licencia suspendida, aunque puede presentar una petición para reabrir el caso y solicitar una nueva audiencia en 94 días;
- rehabilitar su licencia bajo libertad condicional médica, requiriendo que presente informes médicos regulares que atestigüen su estabilidad;
- imposición de una “acción final“, en la que se rehabilitará su licencia sin condiciones porque su epilepsia está bien controlada; o
- imposición de un “apartar“, en el que se rehabilitará su licencia sin condiciones porque el oficial de audiencia determina que usted no tiene epilepsia en absoluto.
4. ¿Qué sucede si el DMV decide que no puedo conducir de forma segura?
El DMV tiene muchas opciones para restringir a los conductores epilépticos. No todas implican revocar o suspender sus privilegios de conducir.
Si el DMV determina que su trastorno de convulsiones afecta negativamente su habilidad para conducir de forma segura, el DMV puede:
- expedirle una licencia restringida que contenga restricciones sobre dónde y cuándo puede conducir,4
- expedirle una “licencia de término limitado” por uno o dos años, o
- colocarlo en probación médica de tipo II o tipo III, lo que le permite mantener su licencia sujeta a ciertas condiciones (como presentar informes médicos o reexámenes en curso).5
4.1. Probación médica
La probación médica de tipo II es para conductores que han logrado tres a cinco meses de control sobre convulsiones y pérdida de conciencia (“períodos libres de convulsiones”). Se le requiere autorizar a su médico tratante para:
- completar el formulario de Evaluación Médica del Conductor y
- enviarlo al DMV en una base prescrita.6
La probación médica de tipo III es para conductores que han logrado seis o más meses de control, pero debido a factores contribuyentes hay una ligera posibilidad de otra convulsión o pérdida de conciencia. La probación médica de tipo III requiere que informe por escrito al DMV sobre el estado de su trastorno en forma regular.7
Para obtener ayuda adicional…
Para obtener orientación adicional o para discutir su caso con un abogado de defensa penal, le invitamos a contactar con nuestro bufete de abogados en el Grupo de Ley Shouse. Nuestros abogados ofrecen consultas gratuitas y consejos legales en los que puede confiar.
También visite la Fundación Epilepsia y el Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV.ca.gov).
Referencias legales:
- Sitio web del Departamento de Vehículos Motorizados de California – Trastornos de pérdida de conciencia. Los conductores que experimentan desmayos o síncopes corren el riesgo de perder su licencia, incluso si no tienen convulsiones.
- Sitio web del Departamento de Vehículos Motorizados de California – Trastornos de pérdida de conciencia. Véase también Wang v. Heck (Tribunal de Apelaciones de California, Segunda Apelación Distrito, División Cuatro, 2012) 203 Cal. App. 4th 677; Mason v. Office of Admin. Hearings (.
- Sitio web de Mayo Clinic – Epilepsia. Las crisis primarias generalizadas inician con una descarga eléctrica extensa que involucra simultáneamente ambos hemisferios del cerebro. Varios factores hereditarios desempeñan un papel crucial en la ocurrencia de tales crisis. Estos tipos de crisis (Grand Mal) pueden provocar temblores, incontinencia de la vejiga y mordedura de la lengua. Por otro lado, las crisis parciales se deben a una descarga eléctrica en un área limitada del cerebro. Varios factores, como infección cerebral, lesión en la cabeza, accidente cerebrovascular, tumor o displasia cortical (cambios en el desarrollo de un área del cerebro antes del nacimiento) pueden causar crisis parciales. En algunos casos, puede no haber una causa aparente, y los factores genéticos pueden contribuir al desarrollo de estas crisis. Dependiendo de su nivel de conciencia y de su conciencia, las crisis parciales pueden o no provocar convulsiones o una pérdida de conciencia. Es posible que experimente varios tipos de crisis y síntomas neurológicos asociados. Aunque los síntomas de la crisis pueden afectar cualquier parte del cuerpo, los eventos eléctricos que causan la crisis ocurren en el cerebro. La ubicación del evento, cómo se propaga y la extensión del área afectada en el cerebro afectan significativamente su condición. Sufrir crisis también puede afectar adversamente su trabajo, vida social, seguridad y capacidad para conducir un vehículo. Tenga en cuenta que las pérdidas de conciencia son frecuentes en enfermedades distintas de la epilepsia, como la apnea del sueño, los eventos diabéticos debidos a la hipoglucemia o la hiperglucemia, los tumores cerebrales, la demencia y otros trastornos cognitivos, y la enfermedad de Alzheimer.
- Véase lo mismo. Código de Vehículos de California 12806 CVC.
- Véase lo mismo.
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