En California, “posesión con intención de distribuir” es un delito mucho más grave que la simple posesión para uso personal. Pero también puede ser un delito más difícil de procesar, ya que el estado debe probar (más allá de una duda razonable) no solo que tenías las drogas, sino que tenías la intención de venderlas o traficarlas.
Ocasionalmente, las fuerzas del orden tendrán pruebas directas, como
- tu declaración de que tienes drogas para vender, o
- si vendiste a un oficial de policía encubierto.
La mayoría de los casos se basan en pruebas circunstanciales, sin embargo, como
- empaquetado de las drogas en múltiples bolsas o paquetes,
- balanzas, o
- grandes cantidades de drogas.
¿Cómo prueban los fiscales la posesión con intención de distribuir?
Para asegurar una condena por el delito, los fiscales y las fuerzas del orden que persiguen un cargo por posesión de drogas con intención de vender tienen que probar esa intención más allá de una duda razonable. Pueden hacerlo con:
Generalmente, esa evidencia no requiere pruebas de que las drogas ilegales estaban a la venta. Es suficiente con demostrar que tenías la intención de distribuirlas o entregarlas, incluso cuando no fue a cambio de nada de valor.1 Por eso, el delito de drogas es conocido en la ley penal de algunos estados como:
- posesión con intención de entregar (PWID),
- posesión con intención de distribuir, o
- posesión de drogas con intención de vender.
Pruebas directas
Las pruebas directas de tu intención de vender una sustancia controlada muestran tu intención de hacerlo sin necesidad de inferencia. Muestran que estás actuando en cumplimiento de tu intención de vender la sustancia controlada.
Ejemplos incluyen:
- un oficial de policía que te ve vender drogas,
- tú vendiendo drogas a un agente encubierto, o
- tus mensajes de texto o mensajes de voz admitiendo que tienes drogas y que tienes la intención de venderlas.
Relativamente pocos casos tienen pruebas directas de una intención de vender.
Pruebas circunstanciales
La mayoría de los cargos criminales se basan en pruebas circunstanciales de tu intención de vender una sustancia controlada. Las pruebas circunstanciales son una señal de que tenías la intención de vender las drogas, pero requieren una inferencia para hacerlo.
Ejemplos de pruebas circunstanciales de una intención de vender son:
- usted fue arrestado con una gran cantidad de drogas – mucho más de lo que podría usar personalmente,
- se encontraron equipos de empaquetado, como cajas, bolsas, balanzas y cinta de embalaje, junto con las drogas,
- usted fue arrestado en un área conocida por ser utilizada por traficantes de drogas, o
- usted tenía grandes cantidades de dinero en efectivo o un arma.
Ninguna de estas pruebas, por sí sola, necesariamente demuestra su intención. Sin embargo, los fiscales argumentarán que la “totalidad de las circunstancias” pinta el cuadro de alguien que tenía la intención de vender las drogas.
El hecho de que las fuerzas del orden solo tengan pruebas circunstanciales de que usted tenía la intención de vender las drogas no significa que su caso sea débil. La mayoría de las condenas por estos delitos de drogas se basan únicamente en pruebas circunstanciales.
¿Cuáles son algunas buenas defensas para presentar en el tribunal?
Puede plantear ciertas defensas legales para desafiar o explicar cualquier prueba de su intención de vender una sustancia controlada. Algunas de las más comunes son:
- las drogas se encontraron durante una búsqueda ilegal que carecía de causa probable,
- las drogas se encontraron durante una parada de tráfico donde la policía utilizó “perros detectores de drogas” que carecían de entrenamiento adecuado o no indicaron a la policía que detectaron drogas,
- las drogas no le pertenecían,
- las drogas eran para su uso personal,
- usted tenía una receta actual y válida para las drogas,
- la policía lo incitó,
- usted no sabía que estaba en posesión de una sustancia controlada, o
- usted no estaba en posesión de las drogas en absoluto.
Algunas de estas defensas son defensas completas: si tienen éxito, conducen a una absolución. Otras son incompletas y solo reducirán la gravedad de los cargos por drogas.
Por ejemplo, argumentar que no tenía la intención de vender las drogas porque eran para su uso personal es una defensa incompleta cuando la sustancia controlada en cuestión es ilegal de poseer, como la metanfetamina, el LSD o la cocaína. En este caso, una defensa exitosa condenaría el cargo por posesión con la intención de vender, pero admitiría el delito menor de posesión simple de una sustancia ilegal. Aunque aún conduce a una condena, la reducción es significativa. Siempre es preferible ser acusado como usuario o poseedor de drogas que como distribuidor o traficante de drogas.
La simple posesión de drogas a menudo es un delito menor, que conlleva una sentencia de prisión de menos de un año. Además, si es su primera ofensa, puede ser elegible para un programa de desviación de drogas. Estos programas se enfocan en el tratamiento, en lugar del tiempo en la cárcel. Si la condena fue por una ofensa posterior, la desviación generalmente no es una opción.
Tenga en cuenta que “posesión” no solo significa tener físicamente o llevar las drogas (llamado “posesión real”). La posesión también puede ser:
- “posesión constructiva”, que es almacenar la droga en un lugar que usted controla, como su hogar o automóvil, o
- “posesión conjunta”, que es compartir la posesión con al menos otra persona.
También tenga en cuenta que en casos donde no hay posesión, pero la policía sabe que está esperando un envío de drogas pronto, los fiscales pueden intentar presentar cargos por intento de vender drogas y / o conspiración para vender drogas.
¿Qué es una sustancia controlada?
Una sustancia controlada es una droga u otro compuesto químico que está regulado por la ley. Tanto las leyes estatales como federales regulan estas sustancias, aunque muchas leyes estatales se basan en la Ley de Sustancias Controladas de EE. UU. (CSA). Las sustancias controladas se dividen en cinco horarios.
- Las drogas de la Lista I, como la heroína, no tienen utilidad médica aceptada y, por lo tanto, conllevan las sanciones más severas.
- Las drogas de la Lista II, como la cocaína, tienen algún uso médico pero son en su mayoría ilegales y también conllevan sanciones severas.
- Las drogas de la Lista III incluyen muchos analgésicos potentes como Vicodin, y usarlos sin receta es un delito grave.
- Las drogas de la Lista IV incluyen muchos antidepresivos y somníferos como Ambien, que también son ilegales de tener sin receta.
- Las drogas de la Lista V, como Robitussin AC, tienen un alto grado de utilidad médica y son las sustancias controladas menos peligrosas.
¿Cuál es la ley en California?
En California, la posesión de una droga con la intención de venderla o distribuirla está prohibida por el Código de Salud y Seguridad 11351 HS . Para probar este delito delito grave , los fiscales deben demostrar los siguientes elementos del delito:
- usted poseía ilegalmente una cantidad utilizable de una sustancia controlada,
- sabía de su presencia,
- sabía que la sustancia era una sustancia controlada, y
- cuando poseía la sustancia controlada, tenía la intención de venderla o hacer que alguien más la vendiera por dinero, servicios o cualquier otra cosa de valor. 2
Tenga en cuenta que no es necesario que tenga la intención de vender las drogas usted mismo. Los fiscales solo tienen que demostrar que tenía la intención de que alguien vendiera las drogas. 3
También tenga en cuenta que aunque la marihuana recreativa (una droga de la lista I) es legal en California, todavía es ilegal venderla a menos que tenga una dispensario con licencia.
¿Cuál es la ley federal para la intención de distribuir?
Al igual que las leyes estatales, la ley federal hace ilegal poseer narcóticos con la intención de distribuirlos. En general, las sanciones son las siguientes:
Tipo/Cantidad de droga | Pena de prisión | Multas |
Narcóticos de la lista I y II | Hasta cadena perpetua | Hasta $10 millones (individuo) o $50 millones (organización) |
No narcóticos de la lista I y II | Hasta 20 años | Hasta $1 millón (individuo) o $5 millones (organización) |
Sustancias de la lista III | Hasta 10 años | Hasta $500,000 (individuo) o $2.5 millones (organización) |
Sustancias de la lista IV | Hasta 5 años | Hasta $250,000 (individuo) o $1 millón (organización) |
Sustancias de la lista V | Hasta 1 año | Hasta $100,000 (individuo) o $250,000 (organización) |
Estas sanciones pueden cambiar dependiendo de su historial criminal y la presencia de factores agravantes, como si alguien sufrió lesiones corporales graves o si hubo armas o menores involucrados.4
Referencias legales:
- Vea, por ejemplo, 21 USC 841 y 21 USC 802(11).
- Instrucciones del jurado penal de California (CALCRIM) No. 2302.
- People v. Parra (1999) 70 Cal.App.4th 222.
- 21 USC 841.