cualquier representación de información, datos o imágenes, que contenga o incorpore de cualquier manera, cualquier película o película… cualquier material obsceno, sabiendo que el material representa a una persona menor de 18 años participando personalmente o simulando personalmente conductas sexuales
Bajo esta ley, las imágenes animadas o generadas por computadora no estarían prohibidas porque ningún niño estaba “participando personalmente” o “simulando personalmente” conductas sexuales. Al menos un tribunal ha sostenido que para que el material sea una violación de la Sección 311.1, “parece que un niño real debe haber sido utilizado en la producción y haber participado o simulado realmente la conducta sexual representada.” People v. Gerber, 196 Cal.App.4th 368 (Cal. Ct. App. 2011)
Ley Federal
Bajo la ley federal, la pornografía infantil animada puede ser un delito. El Congreso aprobó la “Ley PROTECT” en 2003, que prohíbe cualquier cosa que contenga “una representación visual de cualquier tipo, incluyendo un dibujo, una caricatura, una escultura o una pintura“, que “represente a un menor participando en conductas sexualmente explícitas y sea “obscena” o “represente una imagen que sea, o parezca ser, de un menor participando en… relaciones sexuales… y carezca de un valor literario, artístico, político o científico serio”.
La Ley PROTECT se aprobó después de que la Corte Suprema de los Estados Unidos anulara una ley federal anterior que hacía ilegal la pornografía infantil simulada. La Corte en Ashcroft v. Free Speech Coalition, 535 U.S. 234 (2002) afirmó que la ley anterior era demasiado amplia y violaba la Primera Enmienda ya que “prohíbe el discurso que no registra ningún delito y no crea víctimas por su producción”.
Ten en cuenta que la Primera Enmienda no ofrece protección para el discurso “obsceno”. Miller v. California, 413 U.S. 15 (1973). Por lo tanto, las imágenes que representan actos sexuales de niños que no involucran a niños reales pueden violar la Ley PROTECT si el material se considera “obsceno”. En su decisión que afirma la constitucionalidad de la prohibición de la Ley de la obscenidad de la pornografía infantil virtual, el Noveno Circuito declaró que “el hecho de que esta ley no requiera que exista un menor real… es irrelevante porque… es una ley de obscenidad y no una ley de pornografía infantil”. U.S. v. Schales, 546 F.3d 965 (9th Cir. 2008).
Por lo tanto, aunque no pueda enfrentar cargos federales por “pornografía infantil” por las representaciones animadas o virtuales de actos sexuales con niños, aún puede enfrentar cargos federales si el material es considerado “obsceno”.
Para la ley de Nevada, consulte nuestro artículo, ¿Puede un video o dibujo animado llevar a un cargo de pornografía infantil en Nevada?