Hay 3 estrategias comunes para cómo vencer un cargo de solicitud en California. Estas incluyen:
- afirmar que la policía participó en un engaño ilegal,
- demostrar que la evidencia es insuficiente para respaldar una condena, y
- atacar la credibilidad de los oficiales que realizaron el arresto.
Cada una de estas estrategias puede socavar el caso del fiscal.
¿Qué es un cargo de solicitud?
Solicitud (Código Penal de California 647b) es el delito de solicitar a alguien que participe en un acto de prostitución.
Para probar un caso de prostitución, los fiscales de California tienen que demostrar:
- que solicitaste a alguien que participara en un acto de prostitución,
- que tenías la intención de participar en prostitución con esa persona, y
- que la otra persona recibió esa solicitud.1
Un acto de prostitución es el acto sexual o un acto lascivo. Se realiza a cambio de dinero u otra compensación.2
Un acto lascivo es el contacto físico de una parte del cuerpo sexual. Tiene que ser hecho con el propósito de excitación sexual.3
El fiscal tiene la carga de probar su caso de solicitud. Tienen que probar esto más allá de una duda razonable.
¿Es la provocación una defensa?
La provocación puede ser una fuerte defensa a un cargo de solicitud en California.
La policía te provoca al hacerte cometer un delito.4 Esto implica empujarte a cometer un delito que de otra manera no habrías hecho.
Ejemplos de provocación policial incluyen:
- acosar,
- persuadirte a cometer un delito a través de halagos o adulación,
- pedidos repetidos e insistentes,
- apelar a la amistad o la compasión,
- hacer que el delito sea extrañamente atractivo o lucrativo,
- garantizar que la conducta no es ilegal, y
- prometer que no puedes ser atrapado.5
Sin embargo, la provocación es una defensa afirmativa en California. Esto significa que tienes que probar la provocación por una preponderancia de la evidencia.6
Ejemplo: Wendy es una oficial de policía encubierta. Se hace pasar por una prostituta. Ella intenta que Tom la solicite. Wendy apela a la compasión de Tom. Le dice que el dinero pagará la cirugía que salvará la vida de su madre. Tom no habría contratado a una prostituta si no fuera por esta afirmación.
¿Cuándo es la evidencia insuficiente una defensa?
La evidencia insuficiente puede ser una fuerte defensa. Cuando invocas esta defensa, argumentas que las autoridades no han demostrado al menos un elemento de su caso.
Los fiscales de California tienen que probar todos los elementos de la solicitud más allá de una duda razonable. Si omiten uno de estos elementos, su evidencia puede ser insuficiente.
El elemento más común que falta es la intención. Tiene que haber una intención de participar en un acto de prostitución. Sin esa intención, no eres responsable de la solicitud. Si el fiscal no logra probar esta intención, puedes argumentar que la evidencia es insuficiente para una condena.
Ejemplo: Wendy apeló a la compasión de Tom y Tom le pagó. Tom es arrestado y acusado de solicitud. Puede argumentar que no hay suficiente evidencia para probar su intención. Puede argumentar que solo le estaba dando dinero para la cirugía de su madre.
¿Puedo atacar la credibilidad del oficial?
Los cargos de solicitud en California se basan en el testimonio de los oficiales de policía. Minar su credibilidad puede ser una buena estrategia de defensa.
Esta defensa puede ser una opción cuando la policía no registró el incidente. Estos casos pueden convertirse en testimonios contradictorios sobre lo que sucedió.
Las declaraciones inconsistentes del oficial pueden socavar su credibilidad. Puedes señalar las diferencias entre el informe escrito y las declaraciones del oficial. Incluso puedes usar arrestos anteriores por solicitud para socavar sus declaraciones.
Ejemplo: Wendy insiste en que Tom le ofreció pagarle por sexo. Tom dice que solo le estaba ofreciendo dinero para el tratamiento de su madre. El informe escrito dice que había una grabación de la interacción. Wendy dice que se “rompió”.
¿Cuáles son las sanciones por una condena?
Una condena por solicitud de prostitución es un delito menor en California. Es acumulable, lo que significa que las condenas posteriores llevarán sanciones más altas.
Para una primera ofensa, las sanciones son de hasta:
- 6 meses en la cárcel del condado, y/o
- $1,000 en multas.7
Una segunda condena requiere un mínimo obligatorio de 45 días en la cárcel.8
Una tercera o posterior condena conlleva un mínimo obligatorio de 90 días en la cárcel.9
Una condena incluso puede afectar su derecho a conducir. Esto puede suceder si el delito ocurrió:
- en un automóvil, y
- a menos de 1,000 pies de una residencia.
Estas sanciones adicionales incluyen:
- una suspensión de licencia de hasta 30 días,10 o
- una restricción de licencia de hasta 6 meses.11
Recursos adicionales
Si eres trabajador/a sexual y necesitas ayuda, consulta lo siguiente:
- Coalición Nacional de Reducción de Daños – Biblioteca de recursos para trabajadores/as sexuales para mantenerse seguros o encontrar medios para escapar.
- Fondo Paraguas Rojo – Fondo participativo liderado por trabajadores/as sexuales para promover los intereses de los trabajadores/as sexuales.
- Proyecto de Trabajadores/as Sexuales – Recursos médicos, financieros y de salud mental para trabajadores/as sexuales.
- Línea Directa Nacional de Tráfico Humano – Ayuda inmediata para víctimas de tráfico sexual.
- Proyecto de Alcance para Trabajadores/as Sexuales de Los Ángeles – Orientación para trabajadores/as sexuales actuales y antiguos para recibir ayuda legal, vivienda, asistencia alimentaria, acceso al aborto y más.
Referencias legales:
- Instrucciones del jurado penal de California (CALCRIM) 1154.
- Código Penal de California 647(b) PC. Véase también People v. Hill, 103 Cal.App.3d 525 (1980).
- CALCRIM 1154. Véase también Pryor v. Municipal Court, 599 P.2d 636 (1979).
- CALCRIM 3408.
- CALCRIM 3408.
- People v. McIntyre, 222 Cal.App.3d 229 (1990).
- Código Penal de California 647(b) PC.
- Código Penal de California 647(k) PC.
- Código Penal de California 647(k) PC.
- Código Penal de California 647(b) PC.
- Código de Vehículos de California 13201.5(c).