Las 5 defensas más comunes a un cargo de amenazas criminales son demostrar que:
- la amenaza no fue lo suficientemente específica o inmediata,
- el miedo del destinatario no fue razonable,
- la amenaza fue solo un gesto,
- el acusador está haciendo una falsa acusación, o
- no se hizo ninguna amenaza.
Cuál de estas defensas legales es la mejor opción dependerá de las circunstancias. Un abogado de defensa criminal de una oficina de abogados local puede ayudar a un acusado a vencer un cargo de amenazas criminales.
¿Qué es una amenaza criminal?
La Sección 422 del Código Penal de California hace que sea un delito amenazar a alguien más con un daño inmediato. Si la amenaza tiene la intención de infundir miedo, y de hecho causa un miedo razonable y sostenido en el destinatario de la amenaza, entonces es una amenaza criminal.1
Para probar un caso de amenaza criminal, los fiscales tienen que demostrar los siguientes elementos del delito:
- el acusado amenazó intencionalmente con matar ilegalmente o causar una lesión corporal grave a alguien más,
- la amenaza se hizo verbalmente, por escrito o electrónicamente,
- el acusado pretendía que su declaración fuera entendida como una amenaza y recibida por el destinatario,
- bajo las circunstancias, la amenaza fue tan clara, inmediata, incondicional y específica que mostró una seria intención de que se llevara a cabo de inmediato,
- el destinatario de la amenaza realmente y razonablemente temió por su seguridad, o por la seguridad de los miembros de su familia inmediata.2
El delito de hacer una amenaza criminal solía ser conocido como una “amenaza terrorista”.
¿Cuáles son las 5 defensas a uno de estos cargos?
5 de las defensas más comunes a un cargo de hacer amenazas criminales en California son:
- la amenaza no fue lo suficientemente específica o inmediata,
- cualquier miedo sentido por el destinatario de la amenaza no fue razonable,
- la amenaza no fue por escrito, verbal o enviada a través de un dispositivo electrónico,
- el presunto destinatario de la amenaza está haciendo acusaciones falsas, y
- no se hizo ninguna amenaza.
Las amenazas deben ser muy específicas para ser una amenaza criminal según la ley de California. Si las circunstancias circundantes hacen que no esté claro lo que sucederá, entonces la amenaza puede ser demasiado vaga para constituir un delito.3 Las amenazas criminales también deben amenazar un daño inmediato. La inmediatez de una amenaza criminal puede ser cercana al tiempo presente, o en un momento específico en el futuro. Incluso puede ser condicional a un evento futuro. Sin embargo, si la amenaza es vaga sobre cuándo ocurrirá el daño físico, es posible que no constituya una amenaza criminal.4
El destinatario de la amenaza debe tener un miedo razonable de que se llevará a cabo. Esto significa que la amenaza debe ser una que haría que una persona normal y razonable se preocupe. Si la amenaza implica un comportamiento que es imposible de ejecutar, cualquier miedo sentido por el destinatario puede ser irrazonable. Esto evitaría que la amenaza sea criminal.5
Las amenazas que se hacen únicamente a través de un gesto no están cubiertas por la ley de amenazas penales de California. El Código Penal de California 422 PC solo reconoce amenazas que son:
- verbales,
- por escrito, o
- enviadas por un dispositivo de comunicación electrónica, como por correo electrónico, por teléfono o en un mensaje de texto.6
En algunos casos, el destinatario de una supuesta amenaza en realidad está haciendo acusaciones falsas. Saben que no se hizo ninguna amenaza, pero están acusando al acusado porque están enojados o vengativos. Las amenazas penales, especialmente aquellas que son verbales y no tienen un registro en papel o electrónico, son una acusación falsa común de hacer porque el delito no requiere lesiones físicas. Son especialmente comunes en casos de violencia doméstica.
Finalmente, los acusados suelen argumentar que en realidad no se hizo ninguna amenaza. Específicamente, este argumento puede ser que:
- no hubo intención de que la declaración fuera una amenaza,
- la declaración era una broma,
- la amenaza no era matar o herir gravemente a otra persona, o
- el acusado no fue quien hizo la supuesta declaración amenazante.
Como es responsabilidad del fiscal demostrar su caso más allá de una duda razonable, estas defensas solo tienen que plantear una duda razonable para funcionar. Un abogado de defensa criminal de una firma de abogados de buena reputación puede ayudar a que esto suceda y sabrá qué estrategias de defensa son las mejores para casos particulares de amenazas penales.
¿Es el delito un delito mayor o un delito menor?
Hacer una amenaza penal es un delito mixto en California. Esto significa que puede ser procesado como un delito menor o como un delito mayor. Los fiscales toman esta decisión en función del historial criminal del acusado y de las circunstancias del caso.
¿Cuáles son las penas por una condena?
Las penas dependerán de si se está persiguiendo el cargo de amenazas penales como un delito mayor o como un delito menor.
Si se persigue como delito menor, una condena conlleva hasta:
- $1,000 en multas, y
- 1 año de tiempo en la cárcel del condado.
Si se persigue como delito mayor, las posibles penas son de hasta:
- $10,000 en multas,
- 3 años en prisión estatal, y
- una condena bajo la Ley de Tres Condenas de California.
Debido a que es una condena, una condena por delito mayor por hacer una amenaza penal requerirá que el acusado cumpla al menos el 85% de su sentencia de prisión antes de ser elegible para la libertad condicional.
Si se usó un arma mortal o peligrosa para comunicar la amenaza, se agregará 1 año a la posible pena de prisión.7
Estas sanciones son para cada amenaza que se haya hecho. Las amenazas múltiples y distintas ocurren cuando:
- se hacen contra diferentes personas,
- ocurren en diferentes ocasiones, o
- se utilizan para diferentes objetivos.
Lectura adicional
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- ¿Son siempre los amenazas delitos violentos? – Michigan Law Review.
- Las amenazas como asalto criminal – Artículo de Cleveland State Law Review sobre cómo las amenazas pueden calificar como un delito penal.
- Ciberdelito: Amenazas criminales desde el ciberespacio – Artículo de Greenwood Publishing Group sobre cómo internet abrió una nueva área de delitos de amenazas criminales.
- La solución al verdadero paradoja del chantaje: El vínculo común entre el chantaje y otras amenazas criminales – Connecticut Law Review.
- Amenazas, acoso y odio en línea: Desarrollos recientes – Boston University Public Interest Law Journal.
Referencias legales:
- Código Penal de California 422 PC.
- Instrucciones del Jurado Penal de California (CALCRIM) 1300.
- People v. Wilson, 186 Cal.App.4th 789 (2010).
- People v. Melhado, 60 Cal.App.4th 1529 (1998).
- Mosley v. Walker, 623 F.Supp.2d 1078 (2009).
- Código Penal de California 422 PC.
- Código Penal de California 12022 PC.