Algunos empleados que tienen tiempo libre remunerado (PTO) son elegibles para cobrarlo. Antes de seguir adelante con esta opción, hay cuatro cosas clave que debe considerar:
- no todos los estados exigen a los empleadores ofrecer esta opción,
- los empleadores pueden limitar cuánto PTO puede cobrar,
- la política de su empleador debe estar en el manual del empleado, y
- puede tener derecho legal a ello al momento de la terminación.
1. No todos los estados requieren que los empleadores paguen por el tiempo libre no utilizado
No hay ninguna ley federal que requiera que los empleadores paguen a los empleados por el tiempo libre remunerado que no han usado. En cambio, depende de la ley estatal. Si bien algunos estados tienen leyes que exigen el pago por el tiempo libre no utilizado, otros no.
Generalmente, hay 2 tipos de requisitos estatales con respecto al pago por días de vacaciones no utilizados y otros PTO:
- leyes que exigen el pago por el tiempo libre no utilizado al momento de la terminación, y
- leyes que prohíben las políticas de “usarlo o perderlo”.
En los estados que tienen la primera clase de ley, su tiempo libre remunerado generalmente se considera una forma de salario. Usted tiene derecho a recibirlo en su última nómina. Sin embargo, es posible que no pueda cobrar el tiempo libre remunerado no utilizado antes de dejar su trabajo. Algunos de los estados que tienen este tipo de ley son:
- California,1
- Colorado,2 y
- Massachusetts.3
En los estados que prohíben las políticas de usarlo o perderlo, es posible que tenga derecho al pago por PTO que haya acumulado. En estos estados, una vez que haya acumulado PTO, no expira. La única forma de perderlo es si su empleador lo compensa. Algunos de los estados que prohíben las políticas de usarlo o perderlo son:
- California,4 y
- Colorado.5
Sin embargo, muchos empleadores evitan estas leyes estableciendo un límite en la cantidad de PTO que puede acumular. Esto significa que su PTO acumulado no expira. Sin embargo, se le impide obtener más una vez que alcanza un cierto punto.
La ley laboral de Colorado cambió recientemente en 2021 para incluir ambas protecciones para los trabajadores.
La mayoría de los estados, sin embargo, no tienen ninguna de estas 2 clases de leyes laborales. Algunos ejemplos son:
- Oregon, y
- Nevada.
2. Su empleador puede limitar cuánto PTO puede cobrar
Siempre y cuando no violen las leyes laborales de su estado, su empleador puede establecer su política de PTO como desee. Esto significa que su empleador puede limitar la cantidad de PTO que cobra de una vez mientras todavía trabaja con ellos.
También significa que tu empleador puede:
- limitar la cantidad de tiempo libre acumulable,
- establecer cuándo se puede cobrar el tiempo libre, y
- no ofrecer tiempo libre, en absoluto.
3. Revise su manual de empleado para la política de cobro de tiempo libre
Debido a que los empleadores tienen tanta latitud, es importante revisar la política de tiempo libre de su empleador. Generalmente se establece en su manual de empleado por la política de vacaciones de su empresa.
Los detalles de esta política importan. Si bien la mayoría de las políticas de tiempo libre son similares entre las empresas, a menudo hay diferencias sutiles.
Si no sientes que entiendes completamente las políticas de tiempo libre de tu empleador, deberías considerar hablar con alguien en tu departamento de recursos humanos.
Si crees que las políticas de tu empresa violan la ley estatal, deberías considerar hablar con un abogado de empleo. Puede violar las leyes de salario y horas de tu estado.
4. Cuando dejes tu trabajo, puedes tener derecho a un cobro
Algunos estados tienen leyes que clasifican el tiempo libre acumulado como un tipo de salario. En estos estados, tienes derecho legal a recibir un pago por tu tiempo libre no utilizado cuando tu trabajo termine. Incluso en otros estados, sin embargo, puedes tener derecho contractual a un pago por ese tiempo libre si así lo dice la política de tiempo libre de tu empleador.
Muchos empleadores tienen voluntariamente políticas de tiempo libre que son más generosas que las exigidas por la ley estatal. A menudo lo hacen para atraer más personal talentoso y aumentar la moral de los trabajadores.
¿Cuál es la ley en California?
En California, tienes derecho a un pago en efectivo por algunos de tus días de vacaciones no utilizados al finalizar tu empleo.6 Además, la ley estatal prohíbe el uso de políticas de usarlo o perderlo.7
Los pagos de tiempo libre también pueden ocurrir durante tu término de empleo. Sin embargo, la ley estatal no rige estas opciones de cobro. En cambio, las políticas de tu empleador, según lo establecido en el contrato o manual de empleado, lo harán.
Tienes derecho a un pago de tiempo libre al finalizar
La ley de California trata el tiempo de vacaciones acumulado como un tipo de salario.8 Tienes derecho a recibir todos los salarios que te deben cuando dejas el trabajo. Esto incluye si:
- te despidieron,
- fueron despedidos,
- renunciaron, o
- renunciaron.
Sin embargo, esto solo se aplica a los días de vacaciones acumulados. No tienes derecho a cobrar cualquier tiempo libre no utilizado enfermo que tengas.
Acumulas tiempo libre pagado de manera proporcional durante el año calendario. 9 Por ejemplo, si recibes 12 días de vacaciones por año, se acumularán a una tasa de 1 por mes. Si te despiden 6 meses en el año y no has usado ninguno, tienes derecho a cobrar los 6 que has acumulado.
El pago al que tienes derecho a recibir debe ser a tu última tasa de pago.10
El pago debe incluirse en tu último cheque de pago. Este cheque incluye tu pago de tiempo libre pagado, así como los salarios finales ganados durante tu último período de pago. Si fuiste despedido o renunciaste con al menos 72 horas de aviso, este último cheque debe proporcionarse inmediatamente. Si renuncias con menos de 72 horas de aviso, el pago generalmente debe proporcionarse dentro de las 72 horas.11 Si estos salarios finales no se pagan a tiempo, su empleador puede estar sujeto a una pena por tiempo de espera.
Si tienes un acuerdo de negociación colectiva, ese contrato dicta cómo se realizan los pagos de tiempo libre pagado.
No hay políticas de usarlo o perderlo para el tiempo libre pagado
California prohíbe las políticas de usarlo o perderlo para el tiempo libre pagado. 12 Sin embargo, los empleadores están autorizados a limitar las acumulaciones de tiempo libre pagado. Algunos términos y condiciones comunes son:
- requerir aviso previo antes de usar el tiempo de vacaciones,
- poner un número máximo en los días de vacaciones o en las horas de tiempo libre pagado que puedes tomar,13
- crear diferentes planes de tiempo libre pagado y políticas de acumulación de vacaciones para diferentes grupos de trabajadores, como empleados a tiempo parcial y a tiempo completo,
- limitar el número de días de vacaciones acumuladas que puedes usar seguidos, y
- restringir cuándo se puede usar el tiempo libre pagado, a menudo “bloqueando” los períodos ocupados del año.
Estas limitaciones pueden ser significativas, pero no pueden ser discriminatorias. Además, la División de Cumplimiento de Normas Laborales de California (DLSE) ha encontrado al menos 2 tipos de limitaciones de tiempo libre pagado que son injustas:
- exigir que todo el tiempo de vacaciones se use antes del final del año en que se acumuló,14 y
- detenerte de acumular nuevo tiempo de vacaciones hasta que uses lo que puedes llevar del año anterior.15
Referencias Legales:
- Código de Trabajo de California 227.3 LAB.
- Nieto v. Clark’s Market, 488 P.3d 1140 (2021).
- Ley General de Massachusetts Capítulo 149, sección 148.
- Suastez v. Plastic Dress-Up Co., 31 Cal. 3d 774 (1982).
- Nieto v. Clark’s Market, 488 P.3d 1140 (2021).
- Código de Trabajo de California 227.3 LAB.
- Suastez v. Plastic Dress-Up Co., supra nota 4.
- Código de Trabajo de California 200 LAB.
- Suastez v. Plastic Dress-Up Co., supra nota 4.
- Código de Trabajo de California 227.3 LAB.
- Código de Trabajo de California 202 LAB.
- Suastez v. Plastic Dress-Up Co., supra nota 4.
- Boothby v. Atlas Mechanical, 6 Cal.App.4th 1595 (1992).
- Carta de Opinión de DLSE 1993.08.18.
- Carta de Opinión de DLSE 1991.01.07.