Una “clase protegida” se refiere a un grupo de personas que comparten características similares y están protegidas legalmente de ser acosadas o discriminadas por esas características.
El término “clase protegida” surge a menudo en casos de discriminación laboral donde un empleador trata injustamente a un empleado en base a, por ejemplo, la edad, el color o la religión del trabajador.
Las clases protegidas bajo la ley de California incluyen:
- raza,
- religión,
- color,
- origen nacional (incluyendo el uso del idioma),
- ascendencia,
- discapacidad física,
- discapacidad mental,
- condición médica (por ejemplo, VIH/SIDA o cáncer),
- información genética,
- estado civil,
- sexo (incluyendo embarazo, parto, lactancia y condiciones médicas relacionadas),
- género,
- identidad de género,
- expresión de género,
- edad (40 o más),
- orientación sexual, y
- estado militar y de veterano.1
¿Qué es la discriminación laboral en California?
Discriminar es no tratar a todas las personas por igual cuando no se puede encontrar una distinción razonable entre ellas.2 Los empleadores que discriminan en el lugar de trabajo están violando la ley.
Las víctimas de discriminación laboral incluyen no solo a los empleados actuales, sino también a:
- solicitantes de empleo,
- trabajadores temporales,
- voluntarios,
- becarios, o
- miembros de su familia inmediata.
Incluso los contratistas independientes pueden presentar casos de discriminación contra un empleador si la discriminación involucra acoso.3
Un ejemplo de discriminación laboral es un empleador que despide a un empleado después de descubrir que es musulmán, lo cual es una clase religiosa protegida. Aunque California es un estado de empleo a voluntad (lo que significa que los empleadores generalmente pueden despedir a los empleados por cualquier motivo), es ilegal despedir a alguien si la razón es discriminación.
Aunque el nepotismo es generalmente legal en empleos del sector privado, puede llevar a la discriminación laboral. Por ejemplo, si un empleador contrata a su cónyuge y le da un trato preferencial, esto discrimina a otros empleados en base a su estado civil.
¿Qué ley prohíbe la discriminación laboral?
La Ley de Empleo y Vivienda Justa de California (FEHA) es la principal ley que prohíbe a los empleadores discriminar contra una clase protegida de empleados o solicitantes de empleo. La FEHA rige a los empleadores con cinco o más empleados.4
Las leyes antidiscriminación se aplican a todas las prácticas comerciales, incluyendo:
- anuncios,
- solicitudes, selección y entrevistas,
- contratación, traslado, promoción, despido o separación de empleados,
- condiciones de trabajo, incluyendo compensación, y
- participación en un programa de capacitación o aprendizaje, organización de empleados o sindicato.5
Otra ley más específica que prohíbe la discriminación laboral es la Ley de Igualdad Salarial de California: requiere que hombres y mujeres reciban igual salario por igual trabajo.5
¿Qué pueden hacer las víctimas?
Si eres víctima de discriminación laboral, primero presentarías una denuncia de discriminación ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD) o la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Luego investigarán tu caso y pueden intentar resolverlo.6
Si deseas evitar una investigación del CRD o la EEOC, puedes solicitar una “carta de derecho a demandar”. Esto te permite presentar una demanda por discriminación laboral contra el empleador de inmediato.
Para ganar su demanda por discriminación laboral, debería probar por preponderancia de la evidencia los siguientes cuatro elementos de las instrucciones del jurado (CACI) 2500:
- Usted pertenece a una clase protegida,
- Su desempeño laboral fue competente,
- Sufrió una acción laboral adversa (como ser despedido), y
- La razón de la acción laboral adversa fue discriminación.7
Si gana su demanda, puede recuperar daños tales como:
- salarios atrasados (con intereses),
- salario futuro,
- pérdida de ingresos por una promoción perdida,
- salario reducido después de una degradación,
- beneficios,
- beneficios de pensión,
- pagos de bonificación,
- dolor y sufrimiento, y
- angustia emocional.
La discriminación laboral basada en una característica protegida es ilegal.
Represalias en el lugar de trabajo
La FEHA específicamente prohíbe a los empleadores de California tomar represalias en su contra por:
- oponerse al acoso en el lugar de trabajo,
- oponerse a la discriminación laboral contra otros empleados,
- denunciar la discriminación laboral o el acoso en el lugar de trabajo, y
- ayudar con investigaciones de CRD o consultas gubernamentales.
Además, no se le puede tomar represalias por pedir o tomar licencia a la que tiene derecho, como licencia por enfermedad, licencia por discapacidad por embarazo, o licencia familiar bajo CFRA (Ley de Derechos Familiares de California).
La represalia puede tomar muchas formas, como terminación injusta, degradaciones y falta de promoción. Si un empleador toma represalias contra usted por informar violaciones de FEHA u otras violaciones de leyes laborales, es posible que pueda presentar:
- una queja ante el CRD por represalia y/o
- una demanda contra el empleador.8
Cuando la discriminación es legal
En general, un empleador puede descalificar a alguien basándose en una característica protegida debido a cualquiera de los siguientes motivos:
- Razones de privacidad. Por ejemplo, contratar a una enfermera para cuidar a pacientes discapacitados que requieren cuidados íntimos es legal.
- Autenticidad en las artes. Por ejemplo, contratar a una persona joven para interpretar un papel joven es legal.
- Cualificación ocupacional de buena fe (BFOQ) que sea razonablemente necesaria para el funcionamiento normal de un trabajo. Por ejemplo, no es discriminación ilegal que una sinagoga requiera que sus rabinos sean judíos.
También tenga en cuenta que contratar a alguien basándose en el nepotismo también es generalmente permitido en el sector privado, pero no en el sector público.9
Ley estatal vs. Ley federal
La ley de California bajo FEHA es más amplia que la ley federal bajo Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Título VII se aplica solo a empleadores con 15 o más empleados, mientras que FEHA se aplica a empleadores con 5 o más empleados. Además, las únicas características protegidas bajo el Título VII son:
- raza,
- color,
- origen nacional,
- sexo,
- religión,
- edad,
- discapacidad,
- información genética y
- estado de ciudadanía.
Otras leyes federales que brindan protección contra la discriminación laboral incluyen:
- Ley de Estadounidenses con Discapacidades, que prohíbe a los empleadores con 15 o más empleados discriminar basándose en discapacidades físicas y mentales.
- Ley de Igualdad Salarial de 1963, que exige igualdad salarial por igual trabajo independientemente del género.
- Ley de No Discriminación por Información Genética (GINA), que prohíbe a los empleadores con 15 o más empleados considerar su información genética al tomar decisiones laborales.
- Ley de Discriminación por Edad en el Empleo de 1967 (ADEA), que prohíbe a los empleadores con 20 o más empleados discriminar contra empleados mayores de 40 años.
En general, los empleados pueden elegir si presentar casos de discriminación laboral en la corte estatal o federal, dependiendo de cuál sea más beneficioso para ellos. Algunos casos pueden ser litigados en ambas cortes estatales y federales.
Tenga en cuenta que en algunos casos, como si la discriminación ocurrió en una propiedad federal como una base militar, es posible que esté limitado a presentar una demanda en la corte federal.10
¿Puede ayudar un abogado?
Sí. Debe consultar con un abogado calificado en leyes laborales de California si cree que es víctima de discriminación laboral. Un abogado puede ayudar en:
- asesorarlo sobre las leyes laborales aplicables que pueden aplicarse a su caso,
- encontrar evidencia de discriminación,
- presentar una queja ante el CRD o la EEOC y
- iniciar una acción laboral contra su empleador.
Tenga en cuenta que la mayoría de los abogados laborales ofrecen consultas gratuitas. Esto significa que puede obtener asesoramiento legal sin costo alguno.
Además, sus comunicaciones con un abogado están protegidas por la relación abogado-cliente. Según este vínculo, su abogado no puede divulgar sus confidencias sin obtener primero su consentimiento.
Recursos adicionales
Para obtener más información, consulte lo siguiente:
- ¿Qué es la discriminación laboral? – Resumen de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC).
- Conozca sus derechos: la discriminación laboral es ilegal – Hoja informativa del Departamento de Trabajo de EE. UU. (DOL).
- Discriminación, acoso y represalias – Guía breve de USA.gov.
- Tipos de discriminación – Resumen de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC).
- El 91% de los trabajadores han enfrentado discriminación laboral, esto es lo que los empleados pueden hacer, según un experto: “Lo primero es hablar y documentar las cosas” – Artículo de CNBC.com.
Referencias legales:
- Ley de Empleo Justo y Vivienda 12940 — Prácticas ilegales (“derecho y oportunidad de todas las personas a buscar, obtener y mantener empleo sin discriminación…”). Ver también Verceles v. Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles, (Corte de Apelaciones de California, Segundo Distrito de Apelaciones, División Siete, 2021) 63 Cal. App. 5th 776.
- Diccionario de Leyes de Black, Sexta Edición – “Discriminación”. Ver también Baker v. California Land Title Co. (1974) 349 F.Supp. 235.
- Igual.
- Ver igual.
- Ver igual. Código Laboral de California 1197.5.
- Ley de Empleo Justo y Vivienda 12960. Ver también Ducksworth v. Tri-Modal Distribution Servs. (2020) 47 Cal.App.5th 532. Tenga en cuenta que si su caso de discriminación viola las leyes federales de discriminación, puede presentar una queja ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Guz v. Bechtel National, Inc. (2000) 24 Cal. 4th 317. Instrucciones del Jurado Civil de California (CACI) 2500.
- Ley de Empleo Justo y Vivienda 12960.
- Ley de Empleo Justo y Vivienda.
- Código de los Estados Unidos § 2000e-2; Ley de Discriminación por Edad en el Empleo (ADEA). Primera Enmienda. 2 Código de Regulaciones de California 87; Constitución de California Art. VII, sección 1(b).
- California Federal Sav. & Loan Ass’n v. Guerra (1987) 479 U.S. 272. Taylor v. Lockheed Martin Corp. (2000) 78 Cal.App.4th 472.