Circunstancias atenuantes son hechos que rodean un delito en California que trabajan para reducir su culpabilidad o responsabilidad general por cometer un delito.1 Usted presenta circunstancias atenuantes durante una audiencia de delito menor y delito grave sentencia para persuadir al juez a otorgar una sentencia más indulgente.
Diez ejemplos de factores atenuantes incluyen:
- Sólo jugó un papel menor en el delito.
- La supuesta “víctima” provocó el delito, y usted actuó en defensa propia.
- Cometió el delito bajo circunstancias de coacción.
- Ejerció precaución para evitar daños a otras personas o propiedades.
- Cometió el delito para proporcionar necesidades a usted o su familia.
- si se utilizó un arma de fuego en la comisión del delito, estaba descargada o inoperable.2
- No tiene condenas anteriores.
- Reconoció voluntariamente su culpabilidad antes de su arresto o en una etapa temprana del proceso penal.
- Fue víctima de trauma infantil, tiene antecedentes personales de victimización o negligencia, o sufría de una enfermedad mental que redujo su culpabilidad.
- Tenía menos de 26 años en el momento del delito.3
1. ¿Por qué un abogado de defensa criminal presenta circunstancias atenuantes?
Un abogado de defensa criminal de California o un bufete de abogados generalmente ofrece factores atenuantes como evidencia para:
- presentar una imagen positiva de usted, y
- demostrar que sus actos, conducta criminal o cargos criminales estaban fuera de carácter.
Si tiene éxito, la esperanza final es que un juez use cualquier circunstancia atenuante para otorgar una sentencia menor.
2. ¿Qué tipo de circunstancias puede presentar?
Los abogados de defensa de California generalmente pueden ofrecer como evidencia cualquier factor atenuante que sea relevante para su responsabilidad en la comisión de un delito.
En la determinación de la relevancia, los jueces siguen estatutos y reglas judiciales relevantes que describen qué factores atenuantes deben considerar.4
3. ¿Cuáles son los diferentes tipos de circunstancias atenuantes?
Las circunstancias atenuantes en California se dividen típicamente en positivas y negativas.
- Los factores atenuantes positivos muestran que usted tiene una buena imagen, como tener fuertes lazos comunitarios o ser el sostén de su familia.
- Los factores atenuantes negativos muestran que sus desafíos personales pueden haberlo llevado al crimen, como si creció sin padres y se unió a una pandilla a una edad temprana.
4. ¿Cuáles son las circunstancias agravantes?
Los factores agravantes en California son hechos que rodean un caso criminal y que hacen que el crimen sea peor de alguna manera particular. Cinco ejemplos son:
- Usted hirió a alguien o causó daños materiales en la comisión del crimen,
- Usted estaba armado con un arma de fuego cargada en el momento del delito,
- El delito fue cometido de manera atroz,
- La “víctima” era una persona mayor o sufría de una discapacidad, y/o
- Usted estaba sujeto a una orden de restricción cuando se cometió el crimen.
Si un juez determina que los factores atenuantes en un caso superan a los factores agravantes, es probable que impongan una sentencia más leve. Sin embargo, si los factores agravantes superan a los atenuantes, el juez puede imponer una sentencia más severa.
5. ¿Puedo presentar circunstancias atenuantes en una apelación?
Por lo general, no. Los tribunales de apelación de California no tienen permitido revisar ninguna evidencia nueva. Esto significa que si no presentó ninguna circunstancia atenuante durante su sentencia, no puede presentarlas en una apelación.
Referencias legales:
- Diccionario de Derecho de Black, Sexta Edición – “Circunstancias atenuantes”.
- Reglas de la Corte de California 4.423a.
- Reglas de la Corte de California 4.423b.
- Véase, por ejemplo, Código Penal de California 189.5 PC (“a) En un juicio por asesinato, una vez probada la comisión del homicidio por parte del acusado, la carga de probar circunstancias atenuantes o que lo justifiquen o excusen recae sobre el acusado, a menos que la prueba presentada por la fiscalía tienda a demostrar que el delito cometido solo constituye homicidio involuntario, o que el acusado actuó en defensa propia o en estado de necesidad.”). Véase también People v. Walker (Cal.App. 2022)