Código de Vehículos § 14610 VC es la ley de California que hace que sea un delito usar una licencia de conducir para un propósito ilegal. Una condena es un delito menor castigado con hasta 6 meses de cárcel y una multa de hasta $1000.00.
El lenguaje de la ley es el siguiente:
14610. (a) Es ilegal para cualquier persona:
(1) Mostrar o causar o permitir que se muestre o tener en su posesión cualquier licencia de conducir cancelada, revocada, suspendida, ficticia, fraudulentamente alterada o fraudulentamente obtenida.
(2) Prestar su licencia de conducir a cualquier otra persona o permitir conscientemente su uso por otra persona.
(3) Mostrar o representar cualquier licencia de conducir que no le haya sido emitida como si fuera su licencia.
(4) No entregar al departamento, a su demanda legal, cualquier licencia de conducir que haya sido suspendida, revocada o cancelada.
(5) Permitir cualquier uso ilegal de una licencia de conducir emitida a él.
(6) Hacer cualquier acto prohibido o dejar de realizar cualquier acto requerido por esta división.
(7) Fotografiar, fotocopiar, duplicar o de cualquier manera reproducir cualquier licencia de conducir o facsímil de la misma de manera que pueda ser confundida con una licencia válida, o mostrar o tener en su posesión cualquier fotografía, fotocopia, duplicado, reproducción o facsímil a menos que esté autorizado por las disposiciones de este código.
(8) Alterar cualquier licencia de conducir de cualquier manera no autorizada por este código.
(b) A los efectos de esta sección, “licencia de conducir” incluye un permiso temporal para operar un vehículo motorizado.”
Ejemplos
- Jose ignora un aviso de suspensión de licencia de conducir de California del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) y continúa usándola.
- Michelle presta su licencia a su hermana menor, para que tenga una identificación falsa.
- Peter hace una copia exacta de su licencia y se la da a un amigo.
Defensas
Afortunadamente, hay varias defensas legales que puedes presentar si te acusan de un delito bajo esta sección. Estas incluyen demostrar que:
- No tuviste aviso o conocimiento de una suspensión de licencia;
- No tenías posesión de una licencia suspendida o cancelada; y,
- No prestaste una licencia.
Penalidades
Una violación del Código de Vehículos de California 14610 se acusa como un delito menor, en lugar de un delito grave de California o una infracción.
Como delito menor, el delito de uso ilegal de una licencia de conducir es castigado por:
- Encarcelamiento en una cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- Una multa de hasta $1,000.
Nuestros abogados de defensa criminal de California explicarán lo siguiente en este artículo:
- 1. ¿Cuáles son los usos ilegales de una licencia de conducir?
- 2. ¿Existen defensas para un cargo de Código de Vehículos 14610 VC?
- 3. ¿Cuál es el castigo si soy declarado culpable?
- 4. Delitos relacionados
1. ¿Cuáles son los usos ilegales de una licencia de conducir?
Según el Código de Vehículos de California 14610 VC, no se puede usar una licencia de conducir de manera ilegal. Usted usa una licencia de manera ilegal cuando:
- Muestra o posee una licencia cancelada, revocada, suspendida u obtenida fraudulentamente;
- Presta su licencia de conducir a otra persona o permite conscientemente que otra persona la use;
- Muestra o representa cualquier licencia de conducir que no le haya sido emitida como si fuera su licencia;
- No entrega una licencia suspendida al DMV;
- Permite cualquier uso ilegal de una licencia de conducir emitida a usted;
- Fotografía o duplica una licencia de conducir;
- Posee una licencia fotografiada o duplicada; y/o,
- Alterar una licencia de conducir.1
Según el VC 14610, una licencia de conducir incluye un permiso temporal para operar un vehículo motorizado.
2. ¿Existen defensas para un cargo de Código de Vehículos 14610 VC?
Si se le acusa bajo el Código de Vehículos 14610, puede impugnar la acusación planteando una defensa legal. Una buena defensa a menudo puede reducir un cargo o incluso desestimarlo.
Sin embargo, tenga en cuenta que contratar a un abogado para determinar y afirmar la defensa más efectiva es fundamental.
Tres defensas comunes a las acusaciones son:
- No hay aviso o conocimiento de la suspensión de la licencia;
- No hay posesión; y/o,
- No prestó o permitió conscientemente.
(Otras posibles defensas implican la mala conducta del oficial de policía, como encontrar la licencia a través de una búsqueda ilegal.)
2.1. No hay aviso o conocimiento de la suspensión de la licencia
Usted es culpable de un delito bajo el 14610 VC cuando no entrega una licencia suspendida al DMV. Sin embargo, tenga en cuenta que antes de entregar una licencia, el DMV primero debe darle aviso de que debe entregar su licencia. Este aviso se le envía típicamente por correo regular.
Por lo tanto, una defensa sólida es afirmar que nunca recibió un aviso adecuado y, por lo tanto, no tenía conocimiento de que sus privilegios de conducción estaban suspendidos.
2.2. No hay posesión
Recuerde que usa una licencia de manera ilegal cuando posee una licencia cancelada o suspendida. La ley de California requiere que un fiscal pruebe la posesión.
La posesión es cuando tiene una licencia o tiene acceso inmediato a ella (cuando, por ejemplo, está en un bolsillo o bolso). Si no hay acceso inmediato a ella, aún puede tener posesión de una licencia si tiene control sobre ella.
Un ejemplo de control es cuando una licencia está en tu carro o en tu casa.
- en tu carro o
- en tu casa.
Si un fiscal no puede probar la posesión más allá de una duda razonable, entonces tienes una defensa sólida.
2.3. No prestó o permitió conscientemente
El Código de Vehículos 14610 VC dice que el uso ilegal de una licencia ocurre si
- prestas tu licencia de conducir a otra persona, o
- permites conscientemente que otra persona la use.
Esto significa que debes realizar algún acto que demuestre que o bien
- regalaste tu licencia o
- le diste permiso a otra persona para usarla.
Una defensa, por lo tanto, es demostrar que no prestaste tu licencia o permitiste que alguien la use. Por ejemplo, podrías afirmar que otra persona robó tu licencia.
3. ¿Cuál es el castigo si soy declarado culpable?
Bajo el Código de Vehículos 14610 VC, el uso ilegal de una licencia de conducir es un delito menor.
Como tal, es castigable por:
- Encarcelamiento en la cárcel del condado por hasta seis meses; y/o,
- Una multa de hasta $1,000.2
En lugar de encarcelamiento, un juez tiene la discreción de imponer una libertad condicional por delito menor, o libertad condicional “resumida” o “informal”.
4. Delitos relacionados
Hay tres delitos relacionados con el uso ilegal de una licencia de conducir. Estos son:
- Conducir con una licencia suspendida – VC 14601;
- Tener una licencia de conducir o tarjeta de identificación falsa – PC 470(b); y,
- Empleo de una persona sin licencia para conducir un vehículo – VC 14606(a).
4.1. Conducir con una licencia suspendida – VC 14601
Código de Vehículos de California 14601 VC hace que sea un delito conducir conscientemente con una licencia de conducir suspendida o revocada.3
La ley de California presume que usted sabe de la suspensión o revocación de su licencia si TODAS las siguientes tres cosas son ciertas:
- El DMV de California le envió un aviso informándole que su licencia había sido suspendida o revocada;
- Ese aviso fue enviado a su dirección más reciente, según lo informado por usted al DMV; y,
- El aviso no fue devuelto al DMV como no entregado o no reclamado.4
Usted puede ser declarado culpable de conducir con una licencia suspendida si su licencia fue suspendida o revocada por cualquier número de razones, incluyendo:
- Si fue declarado un operador negligente por tener demasiados puntos en su licencia,
- Una discapacidad mental o física, y/o
- Una condena por DUI en California (conducir bajo la influencia)
Conducir con una licencia suspendida es un delito menor en California. El castigo potencial incluye una sentencia de cárcel del condado y multas sustanciales.5
Sin embargo, la pena exacta por conducir con una licencia suspendida VC 14601 dependerá de por qué su licencia fue suspendida o revocada en primer lugar.
4.2. Tener una licencia de conducir o tarjeta de identificación falsa – PC 470 (b)
El Código Penal de California 470 (b) PC hace que sea un delito mostrar o poseer cualquier identificación falsa con la intención de usar esa identificación falsa para cometer una falsificación.6
“Intención de usar esa identificación falsa para cometer una falsificación” significa la intención de usar la identificación para cometer fraude, es decir, engañar a otra persona, con el fin de causar pérdida o daño a un derecho legal, financiero o de propiedad.7
La comisión de un delito bajo Código Penal 470 (b) es lo que se conoce como un “wobbler” de California.
Esto significa que puede ser acusado como
- misdemeanor de California o
- felonía de California,
dependiendo de las circunstancias.8
Las penas por misdemeanor para este delito son
- hasta un año en la cárcel del condado, y/o
- una multa de hasta $1,000.9
Las posibles penas por felonía son
- dieciséis meses, dos años o tres años de prisión, y/o
- una multa de hasta $10,000.10
4.3. Empleo de una persona no licenciada para conducir un vehículo – VC 14606 (a)
El Código de Vehículos de California 14606 (a) es una de las leyes de California sobre la confianza negligente de un vehículo de motor.
VC 14606 (a) establece:
Una persona no debe emplear, contratar, permitir conscientemente o autorizar a ninguna persona a conducir un vehículo de motor que sea propiedad de él o ella o esté bajo su control en las carreteras a menos que esa persona esté licenciada para la clase apropiada de vehículo que se va a conducir.11
Una violación del Código de Vehículos 14604 (a) es una infracción.
Las penalizaciones son:
- Una multa de $238.00; y,
- Un punto asignado en el registro de manejo del infractor en el DMV
Referencias legales:
- Código de Vehículos de California 14610(a)(1)-(a)(8) VC. Véase también People v. Molina (Cal. App. 2d Dist., 1992), 5 Cal. App. 4th 221, 6 Cal. Rptr. 2d 736.
- Código Penal de California 19 PC.
- Sección 14601-14601.5 del Código de Vehículos de California.
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 2220.
- Véase Código de Vehículos de California 14601 VC – 14601.5 VC.
- Código Penal de California 470(b) PC.
- Instrucciones del Jurado Penal del Consejo Judicial de California (“CALCRIM”) 1921
- Código Penal de California 470b PC.
- Véase lo mismo.
- Véase lo mismo.
- Código de Vehículos de California 14606(a) VC.