El texto completo del estatuto en § 18-15-104 CRS establece que:
(1) Cualquier persona que a sabiendas cobre, tome o reciba dinero u otra propiedad como cargo financiero de un préstamo donde el cargo exceda una tasa de interés anual del cuarenta y cinco por ciento o su equivalente para un período más largo o más corto comete el delito de usura criminal, que es un delito de clase 6.
(2) Es una defensa afirmativa a la usura criminal para una persona, o su agente o cesionario, que cobra, toma o recibe dinero o propiedad como cargo financiero en exceso de una tasa de interés anual del cuarenta y cinco por ciento en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(a) Que en el momento de hacer el cargo financiero del préstamo no se pudo determinar mediante un cálculo matemático que la tasa de interés anual excedería una tasa de interés anual del cuarenta y cinco por ciento;
(b) Que el cargo financiero del préstamo no excedió una tasa de interés anual del cuarenta y cinco por ciento cuando se calculó la tasa del cargo financiero sobre el saldo impago de la deuda asumiendo que la deuda se pagará de acuerdo con sus términos y no se paga antes del final del plazo acordado.
(3) Las defensas afirmativas mencionadas en la subsección (2) de esta sección solo se aplicarán cuando las disposiciones relacionadas con el cargo financiero del préstamo se establezcan en un acuerdo por escrito firmado por todas las partes y dicho acuerdo por escrito se presente al tribunal y al fiscal de distrito al menos diez días antes del juicio.
(4) Esta sección no se aplicará a:
(a) Cargos y tarifas permitidos por los artículos 1 a 6 del título 5, C.R.S., o cargos y tarifas similares y específicamente autorizados por la ley;
(b) Cargos y tarifas de tarjetas de crédito que no excedan las permitidas para transacciones de consumidores en los artículos 1 a 6 del título 5, C.R.S., cuando se impongan o cobren a una persona o en una transacción que no esté sujeta a dichas disposiciones;
(c) Una hipoteca inversa según se define en la sección 11-38-102, C.R.S.; y
(d) Cargos de interés adicionales permitidos por la sección 5-12-107 (3), C.R.S.
En este artículo, nuestros abogados defensores penales de Denver, Colorado abordarán:
1. Definición de Usura
La usura implica prestar dinero a tasas de interés excesivas o irrazonablemente altas. Cobrar términos de préstamos al consumidor excesivos puede ser usura criminal en Colorado. Esta práctica también puede ser conocida como
- “prestamistas de dinero” o
- “préstamos predatorios”.
“Cualquier persona que a sabiendas cobre, tome o reciba dinero u otra propiedad como cargo financiero de un préstamo donde el cargo exceda una tasa de interés anual del 45% o su equivalente para un período más largo o más corto comete el delito de usura criminal.”1
Proporcionar el origen de dinero usurario también es un delito. Cualquier persona que proporcione dinero o propiedad a una persona con el entendimiento de que el dinero puede ser utilizado para participar en esta práctica también es culpable del delito.2
2. Ejemplos
Algunas personas pueden encontrar difícil calificar para un préstamo personal o para pequeñas empresas. Los bancos o prestamistas pueden no estar dispuestos a prestar dinero a prestatarios por diversas razones, incluyendo
- mal crédito,
- sin garantía,
- antecedentes penales, o
- el dinero se utilizará para un propósito ilegal.
Pueden tener que sacar un préstamo con tasas de interés extremadamente altas para obtener el dinero.
Algunas razones por las que las personas recurren a préstamos con tasas de interés extremadamente altas incluyen
- cubrir pérdidas de juego,
- comprar contrabando, o
- pagar facturas para evitar perder su casa o automóvil.
Los préstamos ilegales a veces se toman para pagar facturas médicas costosas. Si esos préstamos se toman a una tasa de usura extremadamente alta, el prestamista puede estar cometiendo usura criminal. La usura a menudo implica préstamos proporcionados por la delincuencia organizada.
La posesión de registros de usura criminal también es un delito penal. Cualquier persona que posea u oculte registros de transacciones criminales de usura comete posesión o ocultamiento de registros de usura criminal.3
3. Penas
La usura criminal y proporcionar dinero para tales préstamos es un delito grave de clase 6 en Colorado. Las penas por una condena incluyen de 12 a 18 meses de prisión y una multa de hasta $100,000. Hay un período obligatorio de libertad condicional de 1 año para una condena por delito grave de clase 6.4
4. Mejores defensas
No todos los acuerdos de préstamos con altos intereses son usurarios. Hay una serie de defensas afirmativas a la usura criminal. Es una defensa afirmativa para una persona que cobra un cargo de financiamiento de préstamo en exceso del 45% anual, con los términos en un acuerdo escrito firmado, en las siguientes circunstancias:
- En el momento de hacer el cargo de financiamiento del préstamo, no se pudo determinar mediante un cálculo matemático que la tasa de interés anual excedería el límite máximo del 45% por año; o
- El cargo de financiamiento del préstamo no excedió el límite de usura del 45% anual cuando se calculó la tasa de interés sobre el saldo impago de la deuda asumiendo que la deuda se pagará según sus términos y no se paga antes del final del plazo acordado.5
La usura criminal también puede no aplicarse a
- hipotecas inversas
- cargos de tarjetas de crédito que no excedan los permitidos, y
- otros cargos o tarifas permitidos por la ley de Colorado.6
Si el Fiscal General de Colorado no puede probar la culpabilidad más allá de una duda razonable, los cargos deben ser desestimados.
5. Delitos relacionados
La usura criminal puede estar relacionada con otros delitos penales. Estos incluyen delitos de cuello blanco de lavado de dinero y delitos organizados que involucran extorsión, chantaje y soborno.
Extorsión C.R.S. 18-17-104
La extorsión bajo la Ley de Delincuencia Organizada de Colorado es un patrón de actividad criminal generalmente cometido por pandillas o delincuencia organizada. Esto incluye
- juegos de azar,
- préstamos usurarios,
- venta de propiedad robada, o
- distribución de drogas.
La extorsión es un delito grave, con penas que incluyen
- hasta 24 años de prisión y
- una multa de hasta $1 millón.
Lavado de dinero C.R.S. 18-5-309
El lavado de dinero implica mover dinero para tratar de evadir la capacidad del gobierno para rastrear el origen de los fondos. El lavado de dinero puede usarse para ocultar dinero que fue malversado de un empleador. El lavado de dinero es un delito grave de clase 3 en Colorado, y las penas incluyen
- de 4 a 12 años de prisión y
- multas de hasta $750,000.
Extorsión C.R.S. 18-3-207
La extorsión criminal en Colorado es amenazar a alguien para que haga algo o se abstenga de hacer algo, en contra de su voluntad. La extorsión comúnmente se conoce como “chantaje”. La extorsión es un delito grave de clase 4. Las penas por extorsión de un funcionario público incluyen
- de 2 a 6 años de prisión y
- una multa de hasta $500,000.
Soborno C.R.S. 18-8-302
En Colorado, ofrecer dinero u otros beneficios a un funcionario público para influir en sus acciones es soborno. Ofrecer un soborno o pedir un soborno es un delito grave. Las penas por soborno de un funcionario público incluyen
- hasta 12 años de prisión y
- una multa de hasta $750,000.
Referencias Legales
- C.R.S. 18-15-104(1) del Código de Protección al Consumidor. Ver, por ejemplo, Haugen v. Western Fed. Sav. & Loan Ass’n, (Colo. App. 1981) 633 P.2d 497.
- C.R.S. 18-15-106. Ver, para comparación: David Lazarus, Columna: La ley de usura de California limita las tasas de préstamo. Bizarro, la mayoría de los prestamistas están exentos, Los Angeles Times (30 de julio de 2021): Departamento de Banca y Seguros, Nueva Jersey; Departamento de Instituciones Financieras – tasas de interés estatales, Utah; N.Y. Penal Law § 190.4.
- C.R.S. 18-15-108. Ver también: 12 U.S.C. 85/Ley de Bancos Nacionales (ley federal). Ver también Smiley v. Citibank, (Corte Suprema de los EE. UU., 1996) 517 U.S. 735
. Ver también la OCC. Ver también Código Uniforme de Crédito al Consumidor de Colorado. Ver también Meade v. Marlette Funding, LLC (Tribunal de Distrito de Colorado, Denver, 2018) - C.R.S. 18-1.3-401.
- C.R.S. 18-15-104(2).
- C.R.S. 18-15-104(4).