Bajo la ley de Colorado, una persona comete el delito de asesinato en segundo grado si la persona causa intencionalmente la muerte de otra persona. El asesinato en segundo grado también comprende el asesinato por delito grave, que es matar a alguien en la perpetración de ciertos delitos graves.
El asesinato en segundo grado es generalmente un delito grave de clase 2 que puede ser castigado con hasta 48 años de prisión y multas de hasta $1,000,000. Sin embargo, su pena puede ser reducida si actuó en un arrebato repentino de pasión, causado por un acto grave y altamente provocativo que excitaría una pasión irresistible en una persona razonable.
La siguiente tabla compara los elementos y las penas para el asesinato en primer grado, el asesinato en segundo grado y el homicidio involuntario en Colorado.
Delito | Sección del Código | Elementos | Penalidades de Colorado |
Asesinato en primer grado | CRS 18-3-102 | Asesinato intencional de otra persona con premeditación y deliberación. También puede incluir asesinato por delito grave, matar a un oficial de paz o causar la muerte por indiferencia extrema. | Delito grave de clase 1: cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. |
Asesinato en segundo grado | CRS 18-3-103 | Causar intencionalmente la muerte de otra persona sin la premeditación requerida para el asesinato en primer grado. | Delito grave de clase 2: 16 a 48 años de prisión y/o $5,000 a $1,000,000. Si se comete en un arrebato de pasión, este es un delito grave de clase 3: 4 a 12 años de prisión. |
Homicidio involuntario | CRS 18-3-104 | Causar imprudentemente la muerte de otra persona, o causar intencionalmente o ayudar a otra persona a cometer suicidio. | Delito grave de clase 4: 2 a 6 años de prisión y/o $2,000 a $500,000. |
Para ayudarlo a comprender mejor la ley de asesinato en segundo grado de Colorado, nuestros abogados de defensa criminal de Denver, Colorado discuten lo siguiente, a continuación:
1. Elementos
La sección 18-3-103 C.R.S. del código penal de Colorado establece:
Una persona comete el delito de asesinato en segundo grado si la persona causa intencionalmente la muerte de otra persona.
Usted actúa “intencionalmente” con respecto a la conducta o a una circunstancia cuando:
- Usted es consciente de que su conducta es de tal naturaleza o que tal circunstancia existe, o
- Usted es consciente de que su conducta es prácticamente segura de causar el resultado prohibido por una ley en particular.1
A los efectos de la ley de asesinato en segundo grado de Colorado, usted actúa intencionalmente cuando es consciente de que la muerte es prácticamente segura de resultar de su conducta.2
El asesinato en segundo grado también comprende el asesinato por delito grave, que es matar a alguien en la perpetración de incendio provocado, robo, allanamiento de morada, secuestro, agresión sexual o fuga.
El asesinato en segundo grado es lo que se conoce como un delito de “intención general”.3 Esto significa que puede ser declarado culpable incluso si no tuvo la intención específica de cometer un asesinato.
Es responsabilidad del fiscal convencer al jurado de que usted era consciente de que su conducta era prácticamente segura de causar la muerte. Esta conciencia puede ser demostrada por:
- Su conducta,
- Sus declaraciones,
- Evidencia en la escena del crimen,
- Testimonio de testigos presenciales, y
- Testimonio de expertos.4
Ejemplo: Leo es un hombre de 250 libras, con un historial de golpear a sus novias, incluyendo una que estuvo brevemente en coma debido a sus acciones. Leo golpea a su novia de 115 libras hasta dejarla inconsciente, pero no llama a ayuda médica, a pesar de que su pómulo y su nariz estaban visiblemente aplastados y su clavícula estaba rota. Debido a las circunstancias y el historial de Leo, el jurado tiene derecho a inferir que Leo era consciente de que sus acciones eran prácticamente seguras de resultar en la muerte de su novia.
Asesinato en primer grado vs. Asesinato en segundo grado
El asesinato en primer grado en Colorado requiere pruebas de premeditación y deliberación, junto con una indiferencia extrema hacia la vida humana en general. Mientras que una condena por asesinato en segundo grado requiere pruebas de que actuaste intencionalmente, no requiere premeditación.5
Y si tus acciones estuvieron dirigidas específicamente a matar a una persona en particular, es asesinato en segundo grado.
Ejemplo: Marco y Ned discuten en un bar lleno de gente. Marco provoca a Ned haciendo sugerencias groseras sobre su madre. Ned nota que el barman ha estado cortando limones y ha dejado su cuchillo a unos metros de distancia. Después de pensarlo durante un minuto, Ned toma el cuchillo y apuñala repetidamente a Marco. Ned es culpable de asesinato en segundo grado.
Pero… digamos que en lugar de tomar el cuchillo del barman, Ned va a casa y toma su pistola. Luego vuelve al bar y comienza a dispararle a Marco desde la puerta, a pesar de que el bar está lleno de gente. Marco muere, pero también un transeúnte inocente. El jurado podría concluir que las acciones de Ned muestran una indiferencia extrema hacia la vida humana en general. Ned entonces sería culpable de asesinato en primer grado.
Asesinato en segundo grado vs. Homicidio culposo
El asesinato en segundo grado requiere una conciencia de que la muerte es prácticamente segura de resultar de tus acciones. Si solo actúas imprudentemente, el cargo debería ser homicidio culposo, Colorado 18-3-104 C.R.S.
El homicidio culposo también es el cargo apropiado si causas intencionalmente o ayudas a otra persona a cometer suicidio.
2. Penas
En Colorado, el asesinato es tanto un delito de “riesgo extraordinario” como un “delito de violencia”. Estas designaciones requieren un término de prisión mínimo obligatorio y un término máximo que es más del doble de la pena por otros delitos en la misma clase.
En general, el asesinato en segundo grado se clasifica como un delito grave de clase 2 de Colorado bajo 18-3-103 (3)(a) C.R.S.
La pena por asesinato en segundo grado de Colorado como delito grave de clase 2 incluye, como mínimo, 16 años en una prisión de Colorado. Sin embargo, esta es la pena mínima.
Las consecuencias del asesinato en segundo grado de Colorado pueden incluir tanto como:
- 16-48 años en una prisión de Colorado (seguido de 5 años de libertad condicional obligatoria), y
- Una multa de $5,000-$1,000,000.
Sentencia reducida por asesinato “en el calor de la pasión”
Colorado 18-3-103 (3)(b) C.R.S. establece:
No obstante las disposiciones del párrafo (a) de este subsección (3), el asesinato en segundo grado es un delito grave de clase 3 cuando el acto que causa la muerte se realizó en un arrebato repentino de pasión, causado por un acto grave y altamente provocativo de la víctima prevista, que afecta al acusado lo suficiente como para excitar una pasión irresistible en una persona razonable; pero, si entre la provocación y el asesinato hay un intervalo suficiente para que se escuche la voz de la razón y la humanidad, el asesinato es un delito grave de clase 2.
No hay un límite de tiempo establecido en cuanto a qué cantidad de “tiempo de enfriamiento” es suficiente para permitir que una persona funcione racionalmente después de haber sido seriamente provocada. Depende del estado emocional del delincuente y, en particular, de las circunstancias que rodean el caso. Sin embargo, cuanto más tiempo pase entre la provocación y la respuesta, menos probable es que un asesinato se haya cometido en el calor de la pasión.6
Tenga en cuenta que el calor de la pasión no es, estrictamente hablando, una defensa contra los cargos de asesinato en segundo grado. Es un factor atenuante que reduce la pena por asesinato en segundo grado de Colorado. El jurado escuchará pruebas de provocación y calor de la pasión solo si primero concluye que un acusado es culpable de asesinato en segundo grado.7
3. Defensas
La carga no recae en ti de probar que eres inocente de asesinato en segundo grado. Es trabajo del fiscal probar cada uno de los elementos de un cargo de asesinato más allá de una duda razonable.
Sin embargo, una defensa proactiva puede mejorar en gran medida sus posibilidades de un veredicto de no culpabilidad o un acuerdo de declaración de culpabilidad favorable.
Aunque no es una lista exhaustiva, algunas de las defensas más comunes al asesinato en segundo grado que un abogado de defensa criminal calificado de Colorado puede presentar en su nombre incluyen:
Actuaste en defensa propia / defensa de otros
En Colorado, tienes derecho a usar fuerza física razonablemente necesaria, incluso fuerza letal, para protegerte a ti mismo o a otros de un daño grave inminente.
El uso de la fuerza física letal en defensa propia solo está justificado si razonablemente creías que un grado menor de fuerza era insuficiente y una circunstancia específica, como una o más de las siguientes, se aplicaba:
- Tenías motivos razonables para creer, y creías, que tú o otra persona estaban en peligro inminente de ser asesinados o de sufrir lesiones corporales graves;
- Parecía que la presunta víctima estaba a punto de usar fuerza física durante la comisión de un robo; o
- La presunta víctima estaba cometiendo, o parecía razonablemente estar a punto de cometer, un robo o agresión sexual.8
También tienes derecho a usar fuerza letal cuando alguien entra ilegalmente en tu hogar y razonablemente crees que:
- Que esa persona ha cometido – o tiene la intención de cometer – un delito en la vivienda, y
- Que esa persona podría usar fuerza física contra ti u otro ocupante.9
Sin embargo, no puedes valerte de la defensa del uso de la fuerza si:
- Con la intención de causar lesiones corporales o la muerte a otra persona, provocaste el uso de fuerza física ilegal por parte de esa otra persona; o
- Fuiste el agresor original, a menos que:
-
- Te retiraste del encuentro,
- Comunicaste efectivamente a la otra persona tu intención de retirarte, y
- La otra persona, no obstante, continuó o amenazó con usar fuerza física ilegal.10
El uso de la fuerza física es una defensa afirmativa a los cargos de asesinato. Esto significa que la carga recae en ti de demostrar que tu uso de la fuerza fue justificado.
El asesinato fue un accidente
Los accidentes suceden. Tal vez estabas involucrado en una actividad legal, como la caza, y un arma se disparó accidentalmente o simplemente estabas tratando de asustar a alguien que creías erróneamente que era una amenaza.
Dado que el asesinato en segundo grado requiere un acto intencional y el conocimiento de que tal conducta casi seguramente resultará en la muerte, demostrar que un tiroteo fue accidental debería obtener un veredicto de “no culpable” en los cargos de asesinato, o al menos reducir los cargos a homicidio involuntario o homicidio culposo o agresión.
Tenías una capacidad disminuida o estabas loco
La capacidad disminuida es una defensa a los cargos de asesinato en segundo grado a menos que resulte de tu intoxicación voluntaria.11
Una vez que te declaras “no culpable por razón de locura,” la carga se traslada a la fiscalía para demostrar que eras legalmente capaz de comprender la naturaleza y las consecuencias de tus acciones.
Para fines de la ley de asesinato de Colorado, se te considera loco solo si, como resultado de una enfermedad o defecto mental:
- No entendiste la naturaleza de tu acto, O
- No pudiste distinguir entre lo correcto y lo incorrecto, O
- Sabías que lo que estabas haciendo estaba mal, pero eras completamente impotente para detenerte a ti mismo.
Esto no es lo mismo que la definición médica de enfermedad mental. Incluso si sufres de una afección grave como esquizofrenia o trastorno bipolar, no se te considerará legalmente loco a menos que cumplas con una de las condiciones establecidas anteriormente. Es una prueba muy estricta.
Al presentar una defensa de capacidad disminuida, trabajamos en estrecha colaboración con expertos médicos y forenses que pueden testificar sobre el estado mental de nuestro cliente antes, durante y después del asesinato.
La policía cometió una mala conducta
La policía y los fiscales deben seguir reglas y procedimientos estrictos para demostrar la culpabilidad de alguien por asesinato.
Si la policía viola tus derechos, podemos presentar una moción para excluir las pruebas obtenidas por:
- Una confesión falsa o forzada,
- Pruebas plantadas,
- Orden de registro defectuosa,
- Resultados de laboratorio contaminados,
- Ruptura en la cadena de custodia de las pruebas,
- Búsqueda y confiscación ilegales en violación de tus derechos de la Cuarta Enmienda,
- Violación de tus derechos de Miranda, o
- Alineaciones policiales defectuosas.
A menudo, cuando se excluyen tales pruebas, la fiscalía pierde un elemento clave de su caso y está dispuesta a aceptar un acuerdo de declaración de culpabilidad a un cargo menor. Y a veces el caso se desmorona por completo y los cargos son desestimados, o la pérdida de pruebas resulta en un veredicto de “no culpable” en el juicio.
Fuiste víctima de una identificación errónea
El testimonio de testigos presenciales es a menudo la evidencia más poderosa que tiene el fiscal en un juicio por asesinato en segundo grado en Colorado.
Pero el testimonio de testigos presenciales es notoriamente poco confiable. Incluso los testigos más bien intencionados pueden cometer errores debido a una amplia variedad de factores, incluyendo:
- Interrogatorios engañosos por parte de la policía y los fiscales,
- El estrés y la sobrecarga sensorial de presenciar un crimen,
- La tendencia de los testigos a enfocarse en un arma a exclusión de todo lo demás durante un crimen,
- Prejuicios cognitivos y de memoria,
- Mala iluminación, y
- La disminución y cambio de los recuerdos con el paso del tiempo.12
Algunos investigadores incluso han concluido que la identificación errónea es la causa más común de condenas erróneas.13
Nuestros experimentados abogados de defensa criminal de Colorado toman todas las precauciones razonables para proteger a nuestros clientes contra cuentas erróneas de testigos presenciales. Tales métodos pueden incluir (sin limitación):
- Exigir una alineación en vivo para ver si un testigo puede identificar al acusado;
- Cuestionar la forma en que la policía manejó las muestras de fotos y las alineaciones;
- Contratar a un “experto en identificación de testigos” para explicar los problemas inherentes con la memoria y el testimonio de los testigos al jurado;
- Un duro contrainterrogatorio de los testigos; y
- Contratar a investigadores privados para localizar testigos adicionales y descubrir errores en el caso de la fiscalía.
Lecturas adicionales
Para obtener información más detallada, consulte estos artículos académicos:
- La persistencia del asesinato con agravantes: la moralidad de un cargo por asesinato – Revista de Derecho de Mississippi
- El mal y la ley del asesinato – Revista de Derecho de la Universidad de California, Davis
- ¿Cómo debemos castigar el asesinato? – Revista de Derecho de la Universidad de Marquette
- Violación, asesinato y formalismo: ¿Qué sucede si definimos el error de derecho? – Revista de Derecho de la Universidad de Colorado
Referencias legales:
- 18-1-501(6) C.R.S.
- People v. Gonzales (1996) 926 P.2d 153, rechazo de la revisión, certiorari denegado.
- People v. District Court Twenty-Second Judicial Dist. of State of Colo. (1982) 652 P.2d 582.
- Ver, por ejemplo, People v. Medina (2001) 51 P.3d 1006, rechazo de la revisión, certiorari concedido, confirmado 71 P.3d 973.
- People v. Sneed (1973) 514 P.2d 776, 183 Colo. 96.
- Ver Coston v. People (1981) 633 P.2d 470 (43 horas entre la ruptura de la relación y el asesinato constituyeron un período de enfriamiento suficiente).
- People v. Sepulveda (2003) 65 P.3d 1002; People v. Cardenas (2000) 25 P.3d 1258, rechazo de la revisión, certiorari denegado.
- 18-1-704 (2) C.R.S.
- 18-1-705 C.R.S.
- 18-1-704 (3) C.R.S.
- People v. Zekany (1991) 833 P.2d 774, certiorari denegado; People v. Grant (2007) 174 P.3d 798, rechazo de la revisión, certiorari denegado 2008.
- Ver, Barbara Tversky y George Fisher, El problema con el testimonio de testigos presenciales, Revista de Estudios Legales de Stanford; D. Kim Rossmo, Fallas en la investigación criminal, El Jefe de Policía, octubre de 2009.
- Ver, Gary Wells et al, Procedimientos de identificación de testigos presenciales: Recomendaciones para alineaciones y fotomontajes, Ley y Comportamiento Humano, Vol. 22, No. 6, 1998.